martes, 24 de mayo de 2011

Anuncian apelación ante Corte Suprema tras rechazo a recursos de protección de vecinos de Puchuncaví y Quintero


El abogado Raúl Meza asegura que análisis realizados por autoridades ambientales amparan a sus representados, y que con estos documentos se presentará ante el máximo tribunal.


El abogado Raúl Meza anunció que apelará ante la Corte Suprema la decisión de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que rechazó hoy los recursos de protección presentados por vecinos de las localidades de Quintero y Puchuncaví en contra de la Fundición Ventanas de Codelco, por la emanación de dióxido de azufre el pasado 23 de marzo.

“No me sorprende para nada la decisión, porque años atrás también presentamos un recurso sobre los mismos argumentos y también fue rechazado, por lo tanto tendremos que estudiar el fallo en su forma y su fondo, pero sin duda alguna en virtud de este rechazo, anunciamos un recurso de apelación ante la Corte Suprema, porque entendemos que en el máximo tribunal del país, es el que tiene que tomar una decisión en cuanto al derecho a la vida y la integridad física de las personas que viven en La Greda", sostuvo meza.

Según el representante de las familias, "evidentemente hoy día toda la normativa reglamentaria y legal de carácter ambiental beneficia al cordón industrial, por lo tanto efectivamente la normas ambientales se adecuan a favor de las empresas".

El abogado asegura que estudios realizados por las autoridades ambientales amparan a los vecinos y que con estos documentos se presentará ante el máximo tribunal.

"Nosotros acompañaremos en la nueva instancia con un informe del Ministerio del Medio Ambiente que hace un análisis de todas las zonas saturadas del país y que establece a Puchuncaví como una de ellas y queremos que lo tenga a la vista la Corte para que acoja algún recurso de todos los que se ha presentado en contra de Codelco", finalizó.
FALLO DE APELACIONES
En fallo unánime los ministros de la Quinta Sala del tribunal de alzada desestimaron la presentación por la eventual contaminación que habría afectó a la Escuela La Greda en marzo.


La sentencia determina que las emanaciones de dióxido de azufre o anhídrido sulfúrico, del 23 de marzo de 2011, corresponden a un episodio único, puntual y, por lo tanto, superado.

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